Comunicados
MAR 09.12.2014
En virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1 c) y 2.2 d) de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte (*), y con los datos recabados hasta ahora en los siguientes partidos, la Liga de Fútbol Profesional enviará a la Comisión Antiviolencia varios informes para que, si así lo considera, sean remitidos al Comité de Competición:
- Real Madrid CF- RC Celta de Vigo: Contra el jugador del FC Barcelona Lionel Messi ("Messi subnormal") y contra el FC Barcelona y Cataluña ("Puta Barça y Puta Cataluña").
- RC Deportivo La Coruña - Málaga CF: Contra el Club Atlético de Madrid ("Atleti mierda") y contra el presidente del RC Deportivo Constantino Fernández ("Tino cabrón, sal de Riazor" y "Tino muérete")
- Rayo Vallecano - Sevilla FC: Contra el Real Betis Balompié (“Mucho Betis, mucha mierda”)
- FC Barcelona - RCD Espanyol: Contra el RCD Espanyol ("Puta Espanyol" y "Odio Espanyol")
- Granada CF - Valencia CF : Contra el jugador del Valencia CF Álvaro Negredo ("Negredo maricón")
Cinco de los 21 partidos disputados en la jornada 14 Liga BBVA y jornada 16 de la Liga Adelante serán objeto de denuncia por parte de la Liga de Fútbol Profesional ante la Comisión Antiviolencia, hasta el momento.
(*)
1. Actos o conductas violentas o que incitan a la violencia en el deporte:
c) La entonación de cánticos que inciten a la violencia, al terrorismo o a la agresión en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos. Igualmente, aquéllos que constituyan un acto de manifiesto desprecio a las personas participantes en el espectáculo deportivo.
2. Actos racistas, xenófobos o intolerantes en el deporte:
d) La entonación, en los recintos deportivos con motivo de la celebración de actos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte públicos en los que se puedan desplazar a los mismos, de cánticos, sonidos o consignas así como la exhibición de pancartas, banderas, símbolos u otras señales, que contengan mensajes vejatorios o intimidatorios, para cualquier persona por razón del origen racial, étnico, geográfico o social, por la religión, las convicciones, su discapacidad, edad, sexo u orientación sexual, así como los que inciten al odio entre personas y grupos o que atenten gravemente contra los derechos, libertades y valores proclamados en la Constitución.
http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-13408
© LALIGA - 2014