Asimismo, por los mismos motivos expuestos en el apartado anterior, se relacionan a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno los distintos Convenios suscritos por LaLiga con entidades de naturaleza jurídica pública, o que ejercen funciones públicas, o que se encuentran bajo el ámbito de aplicación de la referida Ley 19/2013, así como aquellos que se consideran más relevantes en el ámbito privado:
- Partes firmantes: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Consejo Superior de Deportes y LaLiga.
- Fecha: Suscrito el 25 de abril de 2012.
- Objeto y duración: Reducción de deuda con Administraciones Públicas. Duración indeterminada.
- Modificaciones: No ha habido.
- Partes obligadas: LaLiga se obliga a colaborar con el CSD y el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes al objeto de reducir las deudas con las Administraciones Públicas del sector futbolístico profesional.
- Obligaciones económicas convenidas: No hay.
- Subcontrataciones: No hay.
Publicada copia en la pestaña de Transparencia de la web.
- Partes firmantes: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y LaLiga.
- Fecha: 19 de octubre de 2021.
- Objeto y duración: Establecer un marco de cooperación para el desarrollo de acciones y proyectos que sean de interés común en el ámbito de formación en materia de defensa y protección de la propiedad intelectual, así como las líneas de colaboración entre el MCD y LaLiga para impulsar el incremento de la eficiencia del procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual frente a su vulneración por los responsables de servicios de la sociedad de la información que se tramita por la Sección Segunda de la CPI, órgano colegiado adscrito a la Secretaría General de Cultura y Deporte del MCD. El plazo de vigencia será de 4 años desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, salvo resolución anticipada de mutuo acuerdo.
- Modificaciones: No ha habido.
- Partes obligadas: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y LaLiga.
- Obligaciones económicas convenidas: LaLiga asume los costes generados de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula Segunda. El Convenio no genera nuevas obligaciones de contenido económico para el Ministerio de Cultura y Deporte. El gasto que pueda generar el cumplimiento del apartado b de la cláusula Segunda, será asumido con los recursos financieros y medios con lo que cuenta el citado Departamento ministerial.
- Subcontrataciones: No hay.
Publicada copia en la pestaña de Transparencia de la web.
- Partes firmantes: Dirección General de la Policía y LaLiga.
- Fecha: 27 de marzo de 2017.
- Objeto y duración: Establecer un marco de colaboración entre ambas partes para poner en funcionamiento un mecanismo de comunicación e intercambio de información en materia de control de los mercados de apuestas sobre partidos de fútbol, así como de actividades fraudulentas en materia de alteración de resultados y circunstancias de partidos de fútbol. Su duración es de 1 año natural desde la fecha de su firma, siendo prorrogable de forma automática por periodos iguales.
- Modificaciones: No ha habido.
- Partes obligadas: Dirección General de la Policía y LaLiga.
- Obligaciones económicas convenidas: El acuerdo no implica aportación económica alguna por ninguna de las partes firmantes.
- Subcontrataciones: No hay.
Publicada copia en la pestaña de Transparencia de la web.
- Partes firmantes: RFEF y LaLiga.
- Fecha: 3 de julio de 2019.
- Objeto y duración: Instrumentar la coordinación a que obliga a la Real Federación Española de Fútbol y a LaLiga, la Ley del Deporte y su desarrollo reglamentario sobre las competiciones profesionales futbolísticas de ámbito estatal. La duración es de 5 años (1 de julio del 2019 a 30 de junio del 2024).
- Partes obligadas: RFEF y LaLiga.
- Obligaciones económicas convenidas: LaLiga garantiza toda una serie de cantidades económicas a la RFEF contempladas en el Convenio.
- Subcontrataciones: No hay.
Publicada copia en la pestaña de Transparencia de la web.
- Partes firmantes: RFEF y LaLiga.
- Objeto y duración: La RFEF concede a LaLiga ciertos derechos con respecto a la recogida y explotación de datos de los partidos de las competiciones oficiales de la RFEF.
- Modificaciones: Adenda de 28 de febrero de 2018 de prórroga del Convenio de 7 de abril de 2014 hasta 30 días después de la conclusión de la temporada 2018/2019. Una vez suscrito el Convenio de Coordinación de 3 de julio de 2019 la presente Adenda quedó prorrogada hasta la finalización de aquel. Por tanto, su vigencia se amplía hasta la finalización del Convenio de Coordinación, esto es, el 30 de junio de 2024.
- Partes obligadas: RFEF y LaLiga.
- Obligaciones económicas convenidas: LaLiga garantiza toda una serie de cantidades económicas a la RFEF previstas en el Convenio de Coordinación de fecha 3 de julio de 2019.
- Subcontrataciones: No hay.
Publicada copia en la pestaña de Transparencia de la web.
ACUERDO SOBRE ARBITRAJE PROFESIONAL
- Partes firmantes: RFEF y LaLiga.
- Objeto y duración: Acuerdo sobre el arbitraje profesional. Vigencia de 5 temporadas deportivas desde la 2018/2019 a la 2022/2023.
- Modificaciones: No ha habido.
- Partes obligadas: RFEF y LaLiga.
- Obligaciones económicas convenidas: Las recogidas en el referido Acuerdo sujeto a confidencialidad.
- Subcontrataciones: No hay.
No se publica copia en la pestaña de Transparencia de la web por estar sujeto a cláusula de confidencialidad.
- Partes firmantes: AFE y LaLiga.
- Objeto y duración: Regulación de las condiciones laborales de los futbolistas profesionales de los Clubes/SAD de Primera y Segunda División afiliados a la LaLiga. La duración es de 4 años (1 de julio de 2016 a 30 de junio de 2020).
- Modificaciones: Ha habido una modificación homologada por Auto de la Audiencia Nacional de marzo de 2019 que ha supuesto la incorporación del Anexo VII “Protocolo para la elección de la representación social en la Comisión Negociadora para la negociación y/o modificación del Convenio Colectivo para la actividad del fútbol profesional de Primera y Segunda División A”.
- Partes obligadas: LaLiga y AFE.
- Obligaciones económicas convenidas. Garantizar una retribución mínima por temporada para los Futbolistas Profesionales afectados por el Convenio.
- Subcontrataciones: No hay.
- Publicada copia en la pestaña de Transparencia de la web. En cuanto al Anexo VII y, hasta tanto no figure publicado en el BOE, se publica el Auto judicial en el que se han eliminado los datos de carácter personal (ver)
CONVENIO ENTRE LA SECRETARIA DE ESTADO DE SEGURIDAD Y LA LIGA NACIONAL DE FÚTBOL PROFESIONAL, PARA LA ACTUACIÓN CONJUNTA EN MATERIA ANTIDRÓN EN ESTADIOS DEPORTIVOS.
- Partes firmantes: Ministerio del Interior (Secretaría de Estado de Seguridad) y LaLiga.
- Objeto y duración: reforzar la colaboración entre la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior y la Liga Nacional de Fútbol Profesional mejorando la política de seguridad integral de los estadios de fútbol ante la amenaza del sobrevuelo de UAS con ocasión de la celebración de eventos deportivos. La duración es de 4 años (26 de febrero de 2021 a 26 de febrero de 2025).
- Modificaciones: No ha habido.
- Partes obligadas: Ministerio del Interior (Secretaría de Estado de Seguridad) y LaLiga.
- Obligaciones económicas convenidas. El convenio NO conlleva incremento del gasto público y NO supondrá contraprestación económica para ninguna de las partes. Tan sólo habrán de acometerse, por cada una de las partes firmantes, los gastos de inversión mínimos necesarios para permitir la integración de los datos, procedentes de las unidades de detección que se instalen en los estadios deportivos, en la base de datos del Sistema SIGLO-CD de la Secretaría de Estado de Seguridad, así como el gasto que acometerá LaLiga en la adquisición del material y sistemas oportunos.
- Subcontrataciones: No hay.
- Publicada copia en la pestaña de Transparencia de la web. (ver)